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PREGUNTA ESTATAL NO 805 INICIATIVA PETICIÓN NO. 421

 Esta medida busca añadir un nuevo Artículo II-A a la Constitución de Oklahoma. Este nuevo artículo exceptua y no se aplica a las personas que alguna vez han sido condenadas por un delito grave violento. Prohibiría el uso de una antigua condena por delito grave para aumentar el rango base de castigo permitido por ley para una persona posteriormente condenada por un delito grave. Las personas que actualmente están encarceladas por sentencias por delitos graves que fueron reforzadas sobre la base de una o más condenas por delitos graves anteriores, y cuyas sentencias son mayores que la pena máxima que actualmente se puede imponer por tales delitos, pueden solicitar la modificación de la sentencia en el tribunal. El nuevo artículo establece un proceso detallado para dicha modificación de la pena, que incluye, entre otros, los requisitos para una audiencia, el nombramiento de abogados para peticionarios indigentes y la notificación de las víctimas, y exige que el tribunal imponga una sentencia modificada no superior a la pena máxima actual que puede imponerse a una persona condenada por el mismo delito grave sin condenas por delitos graves anteriores , y que no da lugar a un tiempo mayor cumplido en prisión que en virtud de la sentencia original. Establece un procedimiento de apelación, proporciona una fecha de entrada en vigor y contiene una cláusula de separabilidad.

 ¿SE APROBARÁ LA PROPUESTA?

FOR THE PROPOSAL – YES

AGAINST THE PROPOSAL - NO

PREGUNTA ESTADO NO. 814 RELACIONES LEGISLATIVAS NO. 375 

Esta medida busca modificar el Artículo 10, Sección 40 de la Constitución de Oklahoma (Sección 40), que dirige los ingresos de los acuerdos del Estado o las sentencias contra las empresas tabacaleras. Actualmente, la Sección 40 dirige el 75% de los ingresos al Fondo Fiduciario de Dotación para el Arreglo del Tabaco (Fondo TSET), donde los ingresos solo pueden utilizarse para programas de prevención del tabaco, investigación del cáncer y otros programas de este tipo para mantener o mejorar la salud de los Oklahomans. Mientras tanto, el 25% restante de los ingresos se destinan a un fondo separado para la Legislatura (Fondo Legislativo). La Legislatura también puede dirigir parte de ese 25% al Fiscal General. Esta medida modifica el artículo 40 para reducir el porcentaje de ingresos que se destinan al Fondo TSET del 75 al 25 por ciento. Como resultado, el 75% restante al Fondo Legislativo y la Legislatura puede continuar dirigiendo una parte al Fiscal General. La medida también restringiría el uso del Fondo Legislativo. En la actualidad, el artículo 40 sólo establece que el Fondo Legislativo está sujeto a la apropiación legislativa. Si esta medida pasa, el dinero del Fondo Legislativo debe usarse para obtener fondos federales correspondientes al Programa Medicaid de Oklahoma.

¿SE APROBARÁ LA PROPUESTA?

FOR THE PROPOSAL – YES

AGAINST THE PROPOSAL - NO

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